A- de 2024
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Federacion Colombiana De Ganaderos Fedegan·Demandado Municipio De San Sebastian De Mariquita
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de procesos ejecutivos que pretendan el pago de contribuciones parafiscales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Ibagué y el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Honda, Tolima.
La controversia es causada por demanda ejecutiva instaurada por la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán), contra el municipio de San Sebastián de Mariquita, Tolima, a través de la cual pretende que se libre mandamiento de pago por concepto de la contribución parafiscal referente a la cuota de fomento ganadero y lechero dejada de pagar, cuyo recaudo, por ley, le fue asignado a la demandada, junto con sus intereses moratorios.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión dispuesta en el Auto 096 de 2023, según la cual, corresponde a la jurisdicción ordinaria el conocimiento de los procesos ejecutivos que pretendan el pago de la contribución parafiscal de fomento ganadero y lechero, de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 30 de la Ley 101 de 1993.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Honda para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados dentro del trámite judicial y al Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Ibagué.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Cuarto. Administrativo Oral del Circuito de Ibagué y el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Honda, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Honda es la autoridad competente para conocer el proceso promovido por Fedegán contra el municipio de San Sebastián de Mariquita e identificado con el radicado 73349-3103-002-2023-00001-00.
- Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta corporación el expediente CJU-4581 al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Honda para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados dentro del trámite judicial y al Juzgado
- Cuarto. Administrativo Oral del Circuito de Ibagué.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.